Mediación Familiar
normativa, proceso y técnicas
300 horas | 12 ECTS | 195€
Técnico en
Mediación intercultural
en el Ámbito educativo
300 horas | 12 ECTS | 195€
Mediador
Penal
300 horas | 12 ECTS | 195€
Mediador
Civil y Mercantil
300 horas | 12 ECTS | 195€
Con AULAFORMACION dispones de cursos de mediación homologados que se ajustan a la normativa específica aplicable en las comunidades autónomas, y por tanto a los diferentes requisitos exigidos para la homologación del profesional de la mediación o mediador, en gran parte del territorio nacional. Accede a los cursos de la categoría ‘Mediación’:
La figura del mediador es un profesional imparcial que facilita el diálogo entre las personas que tienen un conflicto, que puede ser de tipo civil, mercantil, o familiar.
Si quieres ejercer como profesional de la mediación en tu comunidad, necesitas saber que en casi todas las Comunidades autónomas, la Administración competente tiene habilitado un Registro de profesionales para el ejercicio de la mediación. Y que para el ejercicio de esta profesión es necesario cumplir y acreditar una serie de requisitos y solicitar la pertinente inscripción en dicho registro.
Cada registro en cada comunidad autónoma, establece sus propios requisitos de cumplimiento en la inscripción; pero tienen en común en su mayoría los siguientes:
– Disponer de un título universitario de carácter social, psicológico, jurídico, educativo o sanitario, o de formación profesional superior
– Formación específica (psicológica, social, jurídica, mediación familiar, conflicto,….) de un determinado número de horas que oscila entre 100 y 300 horas mínimas, en algunos casos impartida, organizada o tutelada por Instituciones Universitarias o Colegios Profesionales; así mismo exigible en algunos casos la realización de determinado número de horas prácticas.
Con AULAFORMACION dispones de un catalogo de varios cursos de mediación homologados por el sistema universitario que te permitirá el cumplimiento de la formación específica en una gran parte de los registros de mediación autonómicos.
Nuestros cursos de mediación homologados se ajustan a lo establecido en aquellas comunidades con normativa específica. Son nuestros Cursos universitarios de especialización:
– Curso de Mediación Familiar: normativa, proceso y técnicas
300 horas | 12 ECTS
– Curso de Mediador Civil y Mercantil
300 horas | 12 ECTS
– Curso de Mediación intercultural en el Ámbito educativo
300 horas | 12 ECTS
Así mismo AULAFORMACION con carácter opcional, además de la formación teórica, ofrece la posibilidad (como opción complementaria) de realizar un convenio de prácticas extracurriculares con nuestra escuela (prácticas voluntarias) vinculado a estos cursos universitarios de especialización, para que puedas completar y acreditar las horas de prácticas necesarias que requiera el Registro de Mediadores de tu comunidad autónoma.
No olvides consultar los requisitos que se establecen en cada comunidad autónoma. En aquellas comunidades que no exista regulación / normativa propia, prevalece la normativa nacional en las especialidades reconocidas de Mediación Civil, Mercantil y Familiar, para el Registro habilitado en el Ministerio de Justicia.
A continuación puedes consultar la normativa y requisitos de los registros de mediación autonómicos:
Información específica de los Registros de Mediación autonómicos
Andalucía
Aragón
Aragón no dispone de un registro de profesionales de la mediación propio. Se rige por el Registro de Mediadores e Instituciones de Mediación del Ministerio de Justicia de España.
Asturias
Baleares
Canarias
Cantabria
Cantabria no dispone de un Registro de Mediadores/as propio. Se rige por el Registro de Mediadores/as e Instituciones de Mediación del Ministerio de Justicia de España.
Normativa: Ley de Cantabria 4/2017, de 19 de abril, por la que se modifica la Ley 1/2011, de 28 de marzo, de Mediación de Cantabria.
Castilla – La Mancha
Castilla La Mancha no dispone de un Registro de Mediadores propio. Se rige por el Registro de Mediadores/as e Instituciones de Mediación del Ministerio de Justicia de España.
Normativa: Ley 4/2005, de 24 de mayo, reguladora del Servicio Social Especializado de Mediación Familiar de Castilla la Mancha.
Castilla y León
Cataluña
Ceuta
Ceuta no dispone de un Registro de Mediadores/as propio. Se rige por el Registro de Mediadores/as e Instituciones de Mediación del Ministerio de Justicia de España.
Extremadura
Extremadura no dispone de un Registro de Mediadores/as propio. Se rige por el Registro de Mediadores/as e Instituciones de Mediación del Ministerio de Justicia de España.
La Comunidad de Extremadura se rige en lo dispuesto en lo previsto en el Título III de la Ley 5/2012, de 6 de julio, de mediación en asuntos civiles y mercantiles y en el Capítulo II del Real Decreto 980/2013, de 13 de diciembre, por el que se desarrollan determinados aspectos de la Ley 5/2012
Galicia
La Rioja
la Rioja no dispone de un Registro de Mediadores/as propio. Se rige por el Registro de Mediadores/as e Instituciones de Mediación del Ministerio de Justicia de España.
Madrid
La comunidad de Madrid no dispone de un Registro de Mediadores/as propio. Se rige por el Registro de Mediadores/as e Instituciones de Mediación del Ministerio de Justicia de España
Melilla
Normativa: Ley 1/2007, de 21 de febrero, reguladora de la Mediación Familiar de la Comunidad de Madrid. TÍTULO II. Mediadores familiares
Murcia
Murcia no dispone de un Registro de Mediadores/as propio. Se rige por el Registro de Mediadores/as e Instituciones de Mediación del Ministerio de Justicia de España
Navarra
Navarra no dispone de un Registro de Mediadores/as propio. Se rige por el Registro de Mediadores/as e Instituciones de Mediación del Ministerio de Justicia de España
Pais Vasco
CC Valenciana